INICIO / Las AFP / Si la plata es mía, ¿por qué no puedo usarla o sacarla para otra cosa?

Resolvemos tus dudas en simple y claro

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  • La plata que ahorras en tu cuenta de AFP financiará tu Pensión de Vejez, la que podrás recibir mensualmente cuando cumplas la edad legal de Jubilación o antes, en caso que necesites pensionarte por Invalidez (Ver ficha: ¿Qué pasa si tengo un accidente o me enfermo y no puedo seguir trabajando?).
  • Existen excepciones para recibir tu Pensión anticipadamente o retirar una parte de tus ahorros:

A) La Pensión de Vejez Anticipada, que te permite recibir una Pensión mensual antes de la edad legal de Jubilación si cumples con ciertos requisitos.

B) El Excedente de Libre Disposición, si ya estás pensionado, te permite retirar una parte de tus ahorros.

  • La plata que ahorras también protegerá a tus beneficiarios legales otorgando una Pensión de Sobrevivencia cuando mueras. Si no tienes beneficiarios legales se entregará a tus herederos y, de ho haberlos, pasará al Estado. La AFP nunca se queda con tu plata (Ver ficha: ¿Qué pasa con mis ahorros si me muero?).

Estos son los requisitos para recibir tu Pensión Anticipada o retirar parte de tus ahorros:

Pensión de Vejez Anticipada

  • Tener 10 o más años cotizando en el Sistema de Pensiones actual. En caso de estar afiliado al sistema antiguo, debes contar con al menos 5 años afiliado en alguna AFP, entre otras cosas.
  • El monto calculado para tu Pensión mensual debe ser igual o mayor al 70% del promedio de tus ingresos o remuneraciones de los últimos 10 años.
  • El monto calculado para tu Pensión mensual debe ser igual o superior al 80% de la Pensión Máxima con Aporte Solidario1.

Excedente de Libre Disposición

  • Estar recibiendo Pensión de Vejez, Vejez anticipada o de Invalidez.
  • Tener 10 años cotizados en cualquier sistema previsional chileno.
  • El monto de tu Pensión mensual debe ser igual o mayor al 70% del promedio de tus ingresos de los últimos 10 años.
  • El monto de tu Pensión mensual debe ser mayor a 12 UF ($340.000 aprox.)2.

(1) El valor de la PMAS varía según el tramo de edad. Puedes revisar su valor en ips.gob.cl

(2) Calculado con valor UF $28.338,25 al 31 de enero del 2020.

La Reforma3 propuesta por el Gobierno considera el caso de las enfermedades terminales:

A quienes padezcan una enfermedad terminal, calificada así por una Comisión Médica, se les hará un cálculo especial para su Pensión (o se volverá a calcular si ya estaban pensionados). El objetivo es que se consideren las expectativas reales de vida para estos casos y que puedan retirar parte de lo que ahorraron o excedentes, si corresponde.

(3) Actualmente esta Reforma se encuentra en el Congreso y debe ser aprobada para convertirse en Ley.